Artículo 57 de la LEY DEL DERECHO AL ACCESO, DISPOSICIÓN Y SANEAMIENTO DEL AGUA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Primero, el Sistema de Aguas revisa y aprueba tu solicitud para conectarte al agua. Después de eso, tienes que pagar lo que te pidan por la conexión y otros derechos según el Código Financiero de la Ciudad de México. Una vez que hagas el pago, el Sistema de Aguas tiene que instalar o conectar tu servicio dentro de los siguientes ocho días hábiles contados desde que pagaste.
Texto oficial
Artículo 57. Previa verificación y aprobación de la solicitud de la toma de agua y el correspondiente pago de los importes que correspondan por la contratación de la conexión a la infraestructura y demás derechos que establece el Código Financiero del Distrito Federal, el Sistema de Aguas realizará la conexión de los servicios dentro de los ocho días siguientes a la fecha de pago.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.