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Artículo 74 de la LEY DEL DERECHO AL ACCESO, DISPOSICIÓN Y SANEAMIENTO DEL AGUA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres desviar el agua sucia de tu terreno hacia el drenaje de otro predio que ya está conectado, primero necesitas pedir permiso al Sistema de Aguas. No puedes hacerlo por tu cuenta, aunque los dos dueños estén de acuerdo. Ese permiso es necesario porque la red secundaria de drenaje tiene reglas para evitar problemas de contaminación o taponamientos. En pocas palabras, si tu casa o negocio descarga aguas residuales, no puedes conectarte a la tubería del vecino sin autorización oficial.

Texto oficial

Artículo 74. En la red secundaria de aguas residuales se requerirá autorización del Sistema de Aguas para hacer una derivación de la descarga de aguas residuales de un predio, a la descarga de otro predio conectada al drenaje.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.