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Artículo 91 de la LEY DEL DERECHO AL ACCESO, DISPOSICIÓN Y SANEAMIENTO DEL AGUA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el medidor de agua de tu casa se descompone o deja de funcionar por algo que no fue tu culpa, y no se puede saber cuánta agua usaste, entonces no te preocupes: no te van a cobrar de más. En ese caso, la cuenta la van a calcular con base en lo que dice el Código Financiero de la Ciudad de México. Eso significa que usarán una tarifa fija o un promedio, sin que tengas que pagar un extra por el desperfecto. Así que si el medidor falla por causas ajenas a ti, el cobro será justo y según las reglas oficiales.

Texto oficial

Artículo 91. Cuando no se pueda determinar el volumen de agua potable como consecuencia de la descompostura o falta de funcionamiento del medidor por causas no imputables al usuario, la tarifa de agua se pagará conforme a lo establecido en el Código Financiero del Distrito Federal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.