Artículo 99 de la LEY DEL DERECHO AL ACCESO, DISPOSICIÓN Y SANEAMIENTO DEL AGUA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 99 dice que el Sistema de Aguas (la dependencia encargada del agua en la CDMX) es el responsable de cuidar y manejar ciertos espacios. Esto incluye los causes de los ríos y arroyos, las zonas de protección cerca de ellos, y los terrenos donde están lagos, lagunas o depósitos de agua que pertenecen a la Ciudad de México. También le toca administrar los terrenos que quedan al descubierto cuando el agua de esos lagos o ríos se seca, ya sea por causas naturales o por obras hechas por el hombre. Por último, debe hacerse cargo de todas las obras de infraestructura hidráulica, como presas, canales o sistemas de riego, junto con el terreno que ocupan y su zona de protección, siempre que hayan sido pagadas por el gobierno federal o de la ciudad.
Texto oficial
Artículo 99. Queda a cargo del Sistema de Aguas la administración de: I. Las zonas de protección, en la parte correspondiente a los cauces de corrientes en los términos de la presente Ley; II. Los terrenos ocupados por los vasos de lagos, lagunas o depósitos naturales cuyas aguas sean de jurisdicción del Distrito Federal; III. Los cauces de las corrientes de aguas de jurisdicción del Distrito Federal; IV. Las zonas de protección contigua a los cauces de las corrientes y a los vasos o depósitos de propiedad del Distrito Federal; V. Los terrenos de los cauces y de los vasos de lagos, lagunas o esteros de propiedad del Distrito Federal, descubiertos por causas naturales o por obras artificiales; y VI. Las obras de infraestructura hidráulica financiadas por el Gobierno Federal, el Gobierno del Distrito Federal, como son: presas, diques, vasos, canales, drenes, bordos, acueductos, unidades de riego y demás construidas para la explotación, uso, aprovechamiento, control de inundaciones y manejo de las aguas del Distrito Federal, en los terrenos que ocupen y con la zona de protección, en la extensión que en cada caso fije el Sistema de Aguas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.