Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 55 de la LEY DEL TERRITORIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las opiniones o sugerencias que dé la Comisión de la Ciudad no son una decisión oficial sobre los límites entre las alcaldías. Eso significa que no definen de manera definitiva dónde empieza o termina un territorio. Las alcaldías aún conservan su derecho a pelear por esos límites si no están de acuerdo, pero tienen que hacerlo ante la autoridad que sí puede resolver eso. En pocas palabras, lo que dice la Comisión no es la última palabra, solo es una opinión.

Texto oficial

Artículo 55. Los dictámenes y recomendaciones de la Comisión de la Ciudad, no constituyen resoluciones en materia de límites territoriales y dejan a salvo los derechos de las alcaldías para hacerlos valer ante la instancia correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.