Artículo 76 de la LEY DEL TERRITORIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Cuando el Congreso de la Ciudad de México apruebe un decreto, tiene que publicarlo en la Gaceta Oficial, que es como el periódico oficial donde se dan a conocer las leyes y avisos importantes. Esto es necesario para que todas las personas se enteren de lo que se aprobó. Sin esa publicación, el decreto no tiene validez legal. En pocas palabras, si no sale en la Gaceta, no cuenta.
Texto oficial
Artículo 76. El decreto que emita el Congreso, deberá publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.