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Artículo 80 de la LEY DEL TERRITORIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las alcaldías tienen el derecho de usar una franja de terreno a lo largo de todo el límite que separa a una demarcación de otra. Esto lo hacen para evitar que se pierdan o borren las rayas que marcan dónde empieza y termina cada territorio. En pocas palabras, es como tener un pasillo que protege los bordes del mapa de tu colonia para que nadie se pase.

Texto oficial

Artículo 80. Las alcaldías con el objeto de preservar los límites territoriales tendrán un derecho de vía a lo largo de toda la franja que una los territorios de cada demarcación. TÍTULO SEXTO DE LA CARTOGRAFÍA Capítulo único De la cartografía

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.