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Artículo 22 de la LEY QUE REGULA EL USO DE TECNOLOGÍA PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría obtiene información usando equipos o sistemas tecnológicos, como computadoras o bases de datos. Toda esa información debe anotarse, organizarse y manejarse siguiendo las reglas de la Ley de Transparencia del Distrito Federal. En otras palabras, no pueden hacer lo que quieran con tus datos; tienen que seguir las mismas reglas que usan para cualquier información pública.

Texto oficial

Artículo 22.- Toda información obtenida por la Secretaría con el uso de equipos o sistemas tecnológicos, conforme a los lineamientos de la presente Ley, debe registrarse, clasificarse y tratarse de conformidad con lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.