Artículo 27 de la LEY QUE REGULA EL USO DE TECNOLOGÍA PARA LA SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si ignoras lo que dicen los dos artículos anteriores, te pueden castigar por una falta administrativa grave. Esto significa que, como servidor público, podrías enfrentar consecuencias legales según la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Además, si lo que hiciste también es un delito, te pueden sancionar penalmente por «ejercicio ilegal del servicio público», que viene en el Código Penal de la Ciudad de México.
Texto oficial
Artículo 27.- La inobservancia a lo dispuesto en los dos artículos precedentes, constituye responsabilidad administrativa grave, para los efectos de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, sin perjuicio de la sanción correspondiente al delito de ejercicio ilegal de servicio público, previsto en el Código Penal para el Distrito Federal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.