Artículo 10 del REGLAMENTO DEL CONSEJO DE HONOR Y JUSTICIA DEL SISTEMA PENITENCIARIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El o la Presidenta es la persona que dirige el Consejo de Honor y tiene varias funciones importantes. Primero, organiza y encabeza las reuniones, y si hay un empate en una votación, su voto vale doble para desempatar. También es quien firma todos los acuerdos y decisiones que se tomen, y se asegura de que se cumplan. Además, puede tener otras tareas que le den este reglamento u otras leyes.
Texto oficial
Artículo 10. El o la Presidenta, tendrá las siguientes atribuciones: I. Presidir las sesiones del Consejo de Honor; II. Contar con voto de calidad en caso de empate; III. Coordinar las reuniones y los debates del Consejo de Honor; IV. Suscribir los acuerdos y las resoluciones emitidas; V. Instruir sobre el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones tomados por el Consejo de Honor; VI. Las demás que le confieran el presente reglamento y la normatividad aplicable.
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