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Artículo 10 del REGLAMENTO DEL CONSEJO DE HONOR Y JUSTICIA DEL SISTEMA PENITENCIARIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El o la Presidenta es la persona que dirige el Consejo de Honor y tiene varias funciones importantes. Primero, organiza y encabeza las reuniones, y si hay un empate en una votación, su voto vale doble para desempatar. También es quien firma todos los acuerdos y decisiones que se tomen, y se asegura de que se cumplan. Además, puede tener otras tareas que le den este reglamento u otras leyes.

Texto oficial

Artículo 10. El o la Presidenta, tendrá las siguientes atribuciones: I. Presidir las sesiones del Consejo de Honor; II. Contar con voto de calidad en caso de empate; III. Coordinar las reuniones y los debates del Consejo de Honor; IV. Suscribir los acuerdos y las resoluciones emitidas; V. Instruir sobre el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones tomados por el Consejo de Honor; VI. Las demás que le confieran el presente reglamento y la normatividad aplicable.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

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