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Artículo 32 del REGLAMENTO DEL CONSEJO DE HONOR Y JUSTICIA DEL SISTEMA PENITENCIARIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el Consejo de Honor te da una resolución que no te parece, puedes inconformarte de dos maneras. Una es pedirles que ellos mismos la revisen, a eso se le llama recurso de revocación. La otra es ir a juicio ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de México, que es un juzgado especial para resolver problemas con autoridades, o también puedes meter un Juicio de Amparo para defender tus derechos. En pocas palabras, tienes opciones para pelear esa decisión si crees que no es justa.

Texto oficial

Artículo 32. Las resoluciones emitidas por el Consejo de Honor, podrán ser impugnables a través del recurso de revocación, o bien, el Juicio de Nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de México y/o Juicio de Amparo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

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