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Artículo 40 del REGLAMENTO DE LA LEY DE VÍCTIMAS PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Antes de decidir si te dan o no las medidas de ayuda, el Comité Interdisciplinario (un grupo de expertos de distintas áreas) tiene que platicar contigo. En esa reunión, te explicarán de manera clara y resumida los resultados de los estudios y entrevistas que te hicieron, y también la propuesta de cómo van a reparar el daño que sufriste. Tú puedes dar tu opinión sobre todo eso sin que nadie te presione. La idea es que tu voz sea tomada en cuenta antes de que tomen una decisión final a tu favor.

Texto oficial

Artículo 40. En términos del artículo 159 de la Ley, las medidas que se establezcan deberán ser valoradas con la víctima antes de resolverse a su favor. Para estos efectos, el Comité Interdisciplinario, dependiendo las circunstancias, complejidad y voluminosidad del caso celebrará al menos una reunión con la víctima o su representante en las que exponga de forma sucinta los resultados de las pruebas, entrevistas y análogas aplicadas a su persona, así como la propuesta de reparación integral. La víctima podrá manifestar su opinión libremente respecto de cualquiera de los apartados o resultados.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.