Artículo 5 del REGLAMENTO DE LA LEY DE VÍCTIMAS PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Sistema de Atención es como un gran equipo de trabajo que une a varias dependencias del gobierno para coordinar qué se hace por las víctimas. Su chiste es proponer, definir y vigilar todos los planes, servicios y acciones que ayuden de inmediato a las personas afectadas. Esto incluye darles asistencia, protección, acceso a la justicia, que se sepa la verdad de lo que pasó y que reciban una reparación completa. En pocas palabras, se encarga de que todo lo que el gobierno haga por las víctimas esté bien organizado y funcione como debe.
Texto oficial
Artículo 5. El Sistema de Atención es una instancia superior de coordinación y formulación de políticas públicas, la cual tendrá por objeto proponer, establecer y supervisar las directrices, servicios, planes, programas, proyectos, acciones institucionales e interinstitucionales, y demás políticas públicas que se implementen para la ayuda inmediata, atención, asistencia, protección, acceso a la justicia, a la verdad y a la reparación integral a las víctimas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.