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Artículo 127 del REGLAMENTO DE LA LEY REGISTRAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si pides a la autoridad un papel que compruebe algo que está anotado en el Registro Público, te lo tienen que dar. Esa constancia o certificado sirve para demostrar, por ejemplo, que un terreno o una casa son tuyos o que no tienen deudas. Solo debes hacer la solicitud y ellos te entregan el documento con la información que buscaste.

Texto oficial

Artículo 127. Previa solicitud, se expedirá constancia o certificación de los asientos que obren en el Registro Público.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.