Artículo 147 del REGLAMENTO DE LA LEY REGISTRAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para pedir un certificado que demuestre que un terreno no está registrado, necesitas entregar un escrito con tu nombre, domicilio y, si es una empresa, los papeles que la acrediten. También debes dar los datos del terreno: dónde está, su tamaño y quiénes son sus vecinos. Además, tienes que pagar unos derechos, llevar un plano a escala, el recibo del predial si lo tienes, un croquis para ubicarlo y el documento que demuestre que lo posees. Finalmente, pide una constancia de lote en Desarrollo Urbano y un certificado de zonificación.
Texto oficial
Artículo 147. Para la expedición del certificado de no inscripción a que se refiere el Artículo 3046 del Código y el Artículo 81 inciso c) de la Ley, el interesado anexará a la Solicitud de Entrada y Trámite los siguientes documentos: I. Escrito de petición que deberá contener: a) Nombre y domicilio del solicitante; b) En caso de ser persona moral, acreditar la constitución de la misma, además de la personalidad y facultades del representante que solicita; c) Ubicación, superficie, medidas y colindancias del inmueble; y d) Denominación del predio en caso de tenerla. II. Pago de derechos al Registro Agrario Nacional por oficio informativo; III. Plano catastral manzanero en escala 1:1000; IV. Última boleta predial que señale la superficie del inmueble de que se trate, en caso de contar con ella; V. Croquis de localización; VI. Documento por el cual se adquiere la posesión; VII. Constancia de número de lote y manzana expedida por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México; y VIII. Certificado único de zonificación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.