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Artículo 37 del REGLAMENTO DE LA LEY REGISTRAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres saber si un terreno o una empresa tiene algún registro legal atrás, puedes checar de dos formas. Una es buscarlo tú mismo en el sistema de cómputo del registro. La otra es pedir una búsqueda oficial, que hace el personal del registro por ti. Ambas opciones te sirven para conocer el historial de ese inmueble o empresa.

Texto oficial

Artículo 37. El interesado podrá conocer sobre la existencia de Antecedentes Registrales de un inmueble o persona moral a través de: I. Búsqueda de Antecedentes Registrales en el Sistema Informático; y II. Búsqueda oficial de Antecedentes Registrales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.