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Artículo 81 del REGLAMENTO DE LA LEY REGISTRAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres que te devuelvan un documento que está suspendido (como un trámite detenido), puedes pedir una "Salida Sin Registro". Para que te lo entreguen, primero tienes que pagar los derechos correspondientes. El documento quedará a tu disposición una vez que cubras el pago. No hay otra condición más que eso: solo pides la salida y pagas.

Texto oficial

Artículo 81. Cuando el interesado solicite la Salida Sin Registro de un documento suspendido se pondrá a su disposición, previo pago de derechos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.