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Artículo 93 del REGLAMENTO DE LA LEY REGISTRAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para anotar un acuerdo de mediación en el registro, necesitas entregar dos cosas: la solicitud de entrada y trámite, y el convenio original. Ese convenio debe incluir los nombres de las personas que mediaron, el tipo de mediación que usaron, la cláusula registral (una parte del texto que indica cómo se relaciona con el registro), el nombre de quién hizo el acuerdo, la fecha, un número de convenio y su número de registro. La anotación solo cerrará el registro si el convenio lo dice claramente.

Texto oficial

Artículo 93. Para la anotación de los convenios emanados del procedimiento de mediación a que hace referencia la fracción VII del Artículo 3043 del Código se requerirá además de la Solicitud de Entrada y Trámite, el original del convenio del cual se debe desprender el nombre de los mediados, el tipo de servicio de mediación, la cláusula registral, el nombre de la persona ante quien se hubiere celebrado el convenio, la fecha de celebración del convenio, número del convenio y número de registro que le corresponda. La anotación de los convenios emanados del procedimiento de mediación sólo cerrará registro cuando de manera expresa así lo señalen.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.