Artículo 11 del REGLAMENTO DE SESIONES DEL CONSEJO DE MEJORA REGULATORIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría Ejecutiva del Consejo tiene varias tareas. Puede ir a las juntas y dar su opinión, pero no puede votar. Cuando el presidente del Consejo no está, ella dirige la reunión. También tiene que convocar a juntas ordinarias o extraordinarias según el calendario o lo que pida la Presidencia, y supervisar que se hagan las actas de cada junta y firmarlas. Además, debe publicar todos los reglamentos, manuales y documentos que apruebe el Consejo, y hacer cualquier otra cosa que le pida la ley, el reglamento o el presidente del Consejo.
Texto oficial
Artículo 11. La Secretaría Ejecutiva del Consejo tendrá las siguientes atribuciones: I. Las establecidas en el artículo 17 de la Ley; II. Asistir a las sesiones con derecho a voz, pero sin voto; III. Conducir el desarrollo de las sesiones del Consejo ante la ausencia de la persona titular de la Presidencia; IV. Convocar, conforme al calendario de sesiones que haya sido aprobado en el Consejo o por instrucciones de la Presidencia, a sesiones ordinarias y extraordinarias respectivamente; V. Supervisar la elaboración de las actas de las sesiones ordinarias y extraordinarias que celebre el Consejo; VI. Firmar las actas de las sesiones en las que haya participado, así como recabar la firma de la persona titular de la Presidencia; VII. Publicar los Lineamientos, Manuales y demás instrumentos aprobados por el Consejo. VIII. Las demás que le señale la Ley, el presente Reglamento o aquellas que le designe la persona titular de la Presidencia del Consejo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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