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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_249/167
Ley
REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL
Artículo
167

Artículo 167 del REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El FOPDE y el FADE son dos fondos del gobierno que tienen dinero para apoyar en desastres naturales o desarrollo económico. Este artículo dice que las reglas de cómo funciona cada fondo van a establecer los pasos, requisitos y condiciones para que puedas recibir o usar ese dinero. O sea, no puedes agarrar los recursos así nomás, necesitas seguir lo que digan las reglas de operación de cada fondo. Es como cuando pides un préstamo: hay requisitos y procedimientos que cumplir para que te lo den.

Texto oficial

Artículo 167. Las reglas de operación del FOPDE y del FADE determinarán las condiciones, requisitos y procedimientos para la asignación y ejercicio de los recursos que conforman el patrimonio de cada uno de ellos.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL (pág. 31) ↗

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