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Ley
REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL
Artículo
20

Artículo 20 del REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión de Evaluación y Control es un grupo de personas que se encarga de revisar que los trabajos de otras comisiones y comités del Consejo se hagan bien. Está formada por: el Contralor General de la Ciudad de México (que es el jefe), un director de la Secretaría (que ayuda a organizar las juntas) y otro director de la Contraloría (que apoya en temas técnicos). También participan representantes de la Oficialía Mayor, la Secretaría de Finanzas, la Consejería Jurídica y la Contraloría Interna. Todos estos miembros trabajan juntos para asesorar y supervisar que todo funcione correctamente.

Texto oficial

Artículo 20. La Comisión de Evaluación y Control tiene como objetivo asesorar al buen desempeño de los trabajos derivados de las Comisiones y Comités del Consejo, y se integrará de la siguiente manera: I. El Contralor General de la Ciudad de México, quien lo presidirá; II. Un Director General de la Secretaría designado por el Secretario, quien fungirá como Secretario Ejecutivo; III. Un Director General designado por la Contraloría General, quien fungirá como Secretario Técnico; y IV. Vocales representantes de: a) Oficialía Mayor de la Ciudad de México; b) Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México; c) Consejería Jurídica y Servicios Legales de la Ciudad de México; y d) Contraloría Interna de los Órganos Político Administrativos. APARTADO C COMITÉ DE USUARIOS DEL SUBSUELO

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL (pág. 6) ↗

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