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Artículo 28 del REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando entregues un proyecto para que la Secretaría lo revise, ellos pueden decir que no está aprobado si no les diste todos los papeles que te pidieron. También pueden negarlo si, después de analizarlo, ven que puede poner en peligro a la gente de la Ciudad de México. Básicamente, si falta documentación o hay riesgo para los habitantes, no te van a dar el visto bueno.

Texto oficial

Artículo 28. La Secretaría negará la Opinión Técnica Favorable a los proyectos ingresados que no cumplan con la documental solicitada, o que del análisis del proyecto, se desprenda que existe un riesgo para los habitantes de la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.