Artículo 39 del REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los encargados de Protección Civil en cada alcaldía pueden pedir, por escrito, que les avalen oficialmente los dictámenes sobre zonas de alto riesgo que ellos mismos hayan hecho. Eso lo solicitan con un oficio, que es un documento formal. Así, la certificación es como un sello de aprobación que confirma que su análisis está correcto.
Texto oficial
Artículo 39. Los Titulares de las Unidades de Protección Civil de los Órganos Político Administrativos podrán solicitar mediante oficio la certificación de los Dictámenes que elaboren de las zonas de alto riesgo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.