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Artículo 81 del REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vas a construir, remodelar o demoler en la Ciudad de México, tú como dueño, poseedor o encargado de la obra tienes que seguir todas las reglas que aplican, como la Ley de Desarrollo Urbano y el Reglamento de Construcciones. También debes cumplir con otras normas técnicas relacionadas. En pocas palabras, no puedes hacer tu obra al aventón, sino que debes respetar las leyes y reglamentos de la ciudad para evitar problemas. Esto aplica desde que empiezas hasta que terminas todo.

Texto oficial

Artículo 81. El propietario, poseedor y el constructor de las obras en construcción, remodelación y demolición ubicadas en la Ciudad de México se sujetarán a las disposiciones de la Ley, el presente Reglamento, la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, las Normas Técnicas Complementarias y demás disposiciones aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.