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Artículo 52 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA POLICÍA DE PROXIMIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría tiene la obligación de asegurarse de que todos los agentes de la Policía de Proximidad tengan y mantengan al día su Certificado Único Policial. Este certificado es como una credencial especial que demuestra que pasaron varias pruebas importantes: una revisión de confianza para ver si son personas de fiar, exámenes de habilidades básicas o profesionales, su capacitación inicial y cómo se han desempeñado en su trabajo. Este documento lo entrega el Centro de Evaluación de Control de Confianza, que es la oficina encargada de verificarlo.

Texto oficial

Artículo 52.- La Secretaría es responsable de que las personas que integran la Policía de Proximidad obtengan y actualicen el Certificado Único Policial o equivalente que consiste en la evaluación de control de confianza, competencias básicas o profesionales, formación inicial y evaluación del desempeño. El Certificado Único Policial será expedido por el Centro de Evaluación de Control de Confianza.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.