Artículo 59 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA POLICÍA DE PROXIMIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La permanencia es que un policía se mantiene en su trabajo porque siempre cumple con lo que marca la Ley y las reglas. No solo basta con haber entrado, sino que debe seguir demostrando que sabe hacer bien su chamba, que tiene experiencia y que cumple con sus funciones y metas. También se toma en cuenta qué tan bueno es en lo que hace, su actitud, su preparación y si realmente es el adecuado para el puesto que ocupa. Para asegurarse de todo esto, le hacen evaluaciones de vez en cuando. Así, si un policía deja de cumplir, podría perder su lugar.
Texto oficial
Artículo 59.- La permanencia es el resultado del cumplimiento constante de los requisitos establecidos en la Ley General y demás normatividad aplicable, para continuar en el servicio activo de las Instituciones Policiales, considerando su conocimiento, experiencia y cumplimiento de las funciones y metas, en relación con las habilidades, aptitudes, actitudes, capacidades, formación recibida, rendimiento profesional y su adecuación al puesto, mediante evaluaciones según corresponda.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.