Artículo 82 del REGLAMENTO DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA POLICÍA DE PROXIMIDAD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 82 dice que si alguna vez fuiste policía o agente operativo y te saliste por tu propia voluntad, puedes pedir volver a trabajar en la Secretaría. A esto se le llama "reingreso". Es un proceso donde tú, como ex integrante, solicitas regresar al servicio activo. Solo aplica para quienes renunciaron, no para los que fueron despedidos. En pocas palabras, es como una segunda oportunidad para reincorporarte a tu puesto anterior.
Texto oficial
Artículo 82.- El reingreso es el acto mediante el cual las y los ex integrantes operativos que hayan causado baja del servicio de manera voluntaria pueden volver a incorporarse al servicio activo en la Secretaría.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.