Artículo 32 del REGLAMENTO PARA EL REGISTRO DE ORGANIZACIONES CIUDADANAS ANTE EL INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada dos años, el representante legal de una Organización Ciudadana debe pedir que le renueven su credencial. Para hacerlo, tiene que entregar a la Dirección Distrital el refrendo del registro (que es como un comprobante de que la organización sigue activa) y un informe de lo que han hecho. Esto es obligatorio para que sigan operando legalmente.
Texto oficial
Artículo 32. La solicitud de revalidación de la credencial se llevará a cabo de manera bianual cuando la persona representante legal presente el refrendo de registro de la Organización Ciudadana, así como la entrega del informe de actividades ante la Dirección Distrital.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.