Artículo 35 del REGLAMENTO PARA EL REGISTRO DE ORGANIZACIONES CIUDADANAS ANTE EL INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si se te pierde o te roban la credencial como representante de una organización ciudadana, tienes que ir al Ministerio Público a levantar un acta (levantar un reporte oficial por escrito) para evitar que alguien la use de forma indebida. Después, debes llevar esa acta a la Dirección Distrital que te toque para pedir un reemplazo, pero ojo: que te den una nueva credencial depende de que haya dinero disponible en el presupuesto. En pocas palabras, primero reporta la pérdida a las autoridades y luego pide la reposición, pero no tienes garantía de que te la den al instante.
Texto oficial
Artículo 35. En caso de robo o extravío de la credencial que identifica a la persona representante legal de las Organizaciones Ciudadanas, la persona titular de la misma deberá acudir a levantar el acta respectiva ante la autoridad ministerial competente por el probable mal uso que pudiera darse. Posteriormente, deberá presentar ante la Dirección Distrital que le corresponda su solicitud de reposición, anexando el acta respectiva, en el entendido de que dicha solicitud estará sujeta a los principios de austeridad y suficiencia presupuestal. CAPÍTULO OCTAVO Del cómputo de los plazos y las notificaciones a las partes
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.