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Artículo 43 del REGLAMENTO PARA EL REGISTRO DE ORGANIZACIONES CIUDADANAS ANTE EL INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que cuando te llegue un aviso o notificación a través de la Plataforma de Participación, se considera que ya te lo entregaron desde el momento en que el sistema lo creó y te lo envió. Como comprobante de que te avisaron, la plataforma va a generar un documento llamado "cédula de notificación", donde aparecerá la fecha y hora exacta en que se hizo el envío. Esa fecha y hora es la que se va a usar para contar los días de los plazos que tengas para responder o hacer algo. La cédula se emite justo cuando el sistema genera y manda la notificación a tu buzón, no cuando tú la leas.

Texto oficial

Artículo 43. Las notificaciones mediante la Plataforma de Participación se entenderán practicadas una vez que sea generada y enviada por parte del sistema a la persona destinataria. Como soporte de la notificación, la Plataforma de Participación generará una cédula de notificación, en la que aparecerá la fecha y hora de la notificación realizada y será referencia para el cómputo de los plazos. Dicha cédula será emitida una vez que sea generada y enviada por parte del sistema al destinatario.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.