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Artículo 9 del REGLAMENTO PARA EL REGISTRO DE ORGANIZACIONES CIUDADANAS ANTE EL INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Electoral tiene un registro público donde se anotan los grupos de ciudadanos que quieren participar. Puedes consultar este registro en la Plataforma de Participación, que es un sitio en internet. Quien se encarga de mantenerlo al día es la Dirección Ejecutiva del Instituto.

Texto oficial

Artículo 9. El Instituto Electoral contará con un Registro de Organizaciones Ciudadanas que será público, podrá consultarse en la Plataforma de Participación y estará a cargo de la Dirección Ejecutiva.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.