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Artículo 15 del REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA PARA EL HOGAR CDMX

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para poder entrar a un lugar o evento, primero tienes que tener un permiso o autorización. Nadie más va a poder pasar si no está en la lista de personas permitidas. Es como cuando te invitan a una fiesta y solo dejan entrar a los que están en la lista.

Texto oficial

Artículo 15.- Únicamente se permitirá el acceso a las personas que estén autorizadas previamente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.