Artículo 20 de la LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 5o. CONSTITUCIONAL, RELATIVO AL EJERCICIO DE LAS PROFESIONES EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 20 fue eliminado de la ley, ya no tiene validez. La siguiente sección trata sobre la Dirección General de Profesiones, que es la oficina del gobierno encargada de regular las carreras y títulos profesionales.
Texto oficial
ARTÍCULO 20.- Derogado. CAPITULO IV De la Dirección General de Profesiones
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.