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Artículo 17 de la LEY PARA PREVENIR LA VIOLENCIA EN LOS ESPECTÁCULOS DEPORTIVOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Alcaldía y la Secretaría de Seguridad Ciudadana pueden tomar medidas para cuidar que no te lastimes cuando asistas a un evento público. Por ejemplo, pueden revisar y quitarte cualquier arma u objeto peligroso que pudiera causar un accidente. Todo esto lo hacen para mantener el orden y la seguridad de todos los que van al evento.

Texto oficial

Artículo 17.- Se consideran medidas de seguridad las disposiciones que dicte la Alcaldía, la Secretaría y Seguridad Ciudadana, para proteger la integridad de las personas espectadoras; la seguridad y orden públicos, además de las establecidas en la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal y podrán consistir entre otras en: Asegurar armas u objetos que pudieran provocar riesgos para la integridad física de personas espectadoras y participantes. Capítulo VI DE LAS SANCIONES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.