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Artículo 27 de la LEY PARA PREVENIR LA VIOLENCIA EN LOS ESPECTÁCULOS DEPORTIVOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no cumples con lo que dice la fracción XIII del artículo 14 de esta Ley, te pueden multar con un valor de entre 5 y 10 UMAS (cada UMA vale alrededor de 108 pesos al día en 2024), o ponerte un arresto de 6 a 12 horas. La UMA es una unidad que usan para calcular multas y otros pagos oficiales. En corto, te pueden sacar entre 540 y 1,080 pesos de multa, o pasar medio día en el separo.

Texto oficial

Artículo 27.- Se sancionará con el equivalente de 5 a 10 UMAS, o arresto de 6 a 12 horas por el incumplimiento de las disposiciones contenidas en la fracción XIII, del artículo 14 de esta Ley;

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.