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Artículo 3 de la LEY PARA PREVENIR LA VIOLENCIA EN LOS ESPECTÁCULOS DEPORTIVOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que la Secretaría de Seguridad Ciudadana y las Alcaldías de la CDMX son las encargadas de hacer que se cumpla esta ley. Cada una tiene que usar los poderes que la ley les da para aplicarla. No hay nadie más que pueda hacerlo, solo esas autoridades.

Texto oficial

Artículo 3.- La aplicación del presente ordenamiento corresponde a la Secretaría de Seguridad Ciudadana y a las Alcaldías de la Ciudad de México, de conformidad con las atribuciones que el mismo les otorga.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.