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Artículo 16 de la LEY PARA LA PROTECCIÓN, ATENCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión la encabeza el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, pero cuando él no pueda estar, la Secretaría de Gobierno lo reemplaza. La persona que está a cargo de la Subsecretaría de Gobierno se encarga de coordinar y dirigir el trabajo diario de la Comisión. En otras palabras, hay dos puestos clave: el presidente (que es el Jefe de Gobierno) y un coordinador ejecutivo (que es el Subsecretario de Gobierno).

Texto oficial

Artículo 16. La Comisión será presidida por la Jefatura de Gobierno, siendo la Secretaría de Gobierno quien sustituirá a la presidencia en sus ausencias. La Coordinación Ejecutiva será ocupada por la persona titular de la Subsecretaría de Gobierno.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.