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Artículo 51 de la LEY DEL SERVICIO PÚBLICO DE CARRERA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 51 habla de cómo se evalúa el trabajo de los empleados públicos de la Ciudad de México. Esta evaluación sirve para ver si están cumpliendo bien con sus labores dentro de su equipo de trabajo. También revisa si están logrando las metas que se propuso el gobierno de la ciudad. En pocas palabras, es como un chequeo para asegurarse de que los servidores públicos hagan bien su chamba y ayuden a que la administración funcione correctamente.

Texto oficial

Artículo 51.- La evaluación del desempeño de los miembros del Servicio tiene por objeto promover y verificar el cumplimiento de sus funciones al interior de cada Cuerpo, así como evaluar el cumplimiento de las metas institucionales de gestión de la Administración Pública de la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.