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Artículo 52 de la LEY DEL SERVICIO PÚBLICO DE CARRERA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Contraloría (que es como la oficina que vigila que todo se haga bien) va a diseñar un plan de trabajo con metas y formas de medir los resultados para cada grupo de empleados públicos, junto con las demás oficinas del gobierno. Este plan debe seguir lo que dice el Programa General de Desarrollo de la Ciudad, el plan para capacitar a los trabajadores y el catálogo de puestos. A partir de esas metas generales, se van a fijar objetivos individuales o por equipo para los empleados, y también se van a crear métodos para revisar si los están cumpliendo.

Texto oficial

Artículo 52.- La Contraloría, en coordinación con las Dependencias y Órganos Desconcentrados, desarrollará un modelo de planeación estratégica sustentado en metas e indicadores institucionales de gestión para cada Cuerpo, el cual estará alineado al Programa General de Desarrollo de la Ciudad de México, al Programa Rector de Profesionalización y al Catálogo Ocupacional. De las metas e indicadores de gestión para cada Cuerpo se derivarán metas individuales y/o grupales de desempeño de sus miembros, así como los mecanismos e indicadores para medirlas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.