Artículo 63 de la LEY DEL SERVICIO PÚBLICO DE CARRERA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El dinero que te toca como compensación lo define el Consejo según una tabla de sueldos. Los bonos y reconocimientos especiales los aprueba la Contraloría, pero quien te los da es el Consejo. En resumen, la paga base la fija el Consejo, y los premios extra los revisa otra área antes de que te los entreguen.
Texto oficial
Artículo 63.- Las compensaciones serán determinadas por el Consejo en el Tabulador correspondiente. Los incentivos y reconocimientos serán determinados por la Contraloría y otorgados por el Consejo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.