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Ley
LEY ORGÁNICA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Artículo
86

Artículo 86 de la LEY ORGÁNICA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La mediación es cuando la Comisión actúa como un intermediario neutral para ayudar a que dos partes hablen y se entiendan. Sirve antes de que el problema estalle o cuando ya hay un conflicto entre una persona y una autoridad o funcionario público. La Comisión no toma partido, solo facilita el diálogo para que entre todos encuentren una solución que les sirva. Es como tener a alguien que ayude a platicar bonito para arreglar las cosas sin llegar a un pleito más grande.

Texto oficial

Artículo 86.- La mediación es el mecanismo a través del cual la Comisión funge como mediadora y facilita el diálogo, con el propósito de prevenir o se busque y construya una solución satisfactoria al posible conflicto existente entre las personas y la autoridad o las personas servidoras públicas.

Ver texto oficial de la LEY ORGÁNICA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO. (pág. 18) ↗

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