Artículo 93 de la LEY ORGÁNICA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión (que es un organismo de derechos humanos) te va a ayudar si fuiste víctima de una violación a tus derechos. Te ofrece apoyo completo, como asesoría y acompañamiento, para que puedas acceder a la verdad, la justicia y una reparación total por el daño que sufriste. Si el gobierno no acepta las recomendaciones que les hacen, la Comisión sola o con la Defensoría Pública te dará asesoría legal y te acompañará en el proceso. Además, cuando te apoyen, van a ver si perteneces a un grupo que necesita atención especial, como niños, mujeres o personas con discapacidad, para adaptar la ayuda a lo que realmente ocupes.
Texto oficial
Artículo 93.- La Comisión brindará servicios de asesoría, asistencia y acompañamiento de manera integral y especializada en el ámbito de su competencia a las personas víctimas de violaciones a derechos humanos, con el objeto de facilitar su acceso a los derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación integral. La Comisión en el caso de las recomendaciones no aceptadas brindará, por sí o en conjunto con el Instituto de la Defensoría Pública, acompañamiento y asesoría jurídica a las personas víctimas. Para la prestación de dichos servicios se deberá tomar en cuenta si la persona víctima pertenece a algún grupo de atención prioritaria, así como sus características y necesidades especiales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.