Artículo 123 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 123 dice que las Alcaldías son las que tienen que hacer todo lo necesario para atender las emergencias que pasen en su zona. Esto significa que, pase lo que pase, la Alcaldía de tu colonia o delegación es la que debe actuar y responder rápido. No importa si es un incendio, una inundación o un accidente grave, ellas tienen la obligación de meter las manos para resolverlo. En pocas palabras, cuando haya una emergencia en tu área, la Alcaldía es la responsable directa de organizar y ejecutar las acciones.
Texto oficial
Artículo 123. Las Alcaldías, en todos los casos, serán responsables de ejecutar las acciones necesarias para enfrentar las Emergencias en su demarcación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.