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Artículo 129 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Una vez que el gobierno avisa que hay una emergencia, la Secretaría, siguiendo órdenes de la Jefatura de Gobierno y las reglas ya establecidas, tiene que usar el dinero del FONADEN (el fondo para desastres) para pagar lo que se necesite. Eso es para reducir los daños de la emergencia y atender rápido las necesidades más urgentes que surjan. En palabras simples, cuando ya se declaró la emergencia, el gobierno debe soltar lana de ese fondo para resolver el desmadre lo más pronto posible.

Texto oficial

Artículo 129. Una vez emitida la Declaratoria a la que se refiere el párrafo anterior, la Secretaría, por instrucciones de la Jefatura de Gobierno y en los términos que establezcan las Reglas de Operación, deberá erogar, con cargo al fondo del FONADEN, los montos necesarios para atenuar los efectos de la Emergencia y responder en forma inmediata a las necesidades urgentes generadas por el mismo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.