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Artículo 149 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La recuperación son las acciones que se hacen poco a poco para volver a dejar en buen estado los lugares que sufrieron una emergencia o desastre. Se trata de reparar, reconstruir y mejorar las condiciones, pero con cuidado de no crear nuevos peligros. El objetivo es reducir los riesgos para que no vuelva a pasar algo similar. En pocas palabras, es como arreglar el desastre sin provocar más problemas.

Texto oficial

Artículo 149. La recuperación comprende acciones tendientes a restablecer, reconstruir y mejorar de manera paulatina las condiciones de los sitios afectados por el impacto de una Emergencia o Desastre, buscando la reducción de los Riesgos y la no generación de nuevos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.