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Artículo 180 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad de México va a invitar a los medios de comunicación (como la tele, el radio o los periódicos) a participar en actividades para prevenir y atender desastres naturales o emergencias. Para lograrlo, se van a hacer acuerdos donde los medios ayuden a capacitar al personal, avisar rápidamente a la gente cuando haya peligro y difundir información útil en situaciones de crisis. También se busca que los medios participen en la creación de planes y recomendaciones sobre cómo actuar antes, durante y después de una emergencia. Lo más importante es que, cuando se declare una emergencia o desastre, los medios cooperen para transmitir la información que dé el gobierno, para que todos estén enterados y sepan qué hacer.

Texto oficial

Artículo 180. La Jefatura de Gobierno, por sí o a través de la Secretaría, invitará a representantes de medios de comunicación a participar en actividades relacionadas con la Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil. Al efecto, promoverá la suscripción de convenios de concertación y coordinación de acciones para la capacitación recíproca, el alertamiento temprano, difusión ante situaciones de Emergencia o Desastre; su incorporación en la elaboración de planes, programas y recomendaciones; así como en el diseño y transmisión de información pública en la materia. Dentro de estos convenios se buscará prioritariamente que, ante cualquier Declaratoria de Emergencia o Desastre, los medios de comunicación cooperen con la transmisión de la información que para tal efecto brinde la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.