Artículo 182 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia encargada) va a definir cómo deben comunicarse las cosas relacionadas con la prevención de riesgos y la protección civil, tanto en tiempos tranquilos como durante una emergencia o desastre. Esto quiere decir que ellos establecerán las reglas para que la información llegue clara y rápida a la gente. Así, todos sabremos qué hacer antes, durante y después de un sismo, inundación u otro evento peligroso. La idea es que no haya confusiones ni se pierda tiempo cuando más se necesita.
Texto oficial
Artículo 182. La Secretaría determinará los procedimientos necesarios para una eficiente comunicación social en materia de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil tanto en situaciones normales como en situaciones de Emergencia o Desastre.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.