Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 206 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad de México puede aceptar donaciones (dinero, cosas o servicios) para mejorar la seguridad de la gente ante desastres como temblores, inundaciones o incendios. Esas donaciones se usan para prevenir emergencias, ayudar durante una crisis y reparar los daños después. También sirven para reconstruir casas, calles o servicios afectados. En pocas palabras, el gobierno puede recibir apoyos voluntarios para proteger a la población y recuperarse de cualquier desastre.

Texto oficial

Artículo 206. La administración pública de la Ciudad de México podrá recibir donaciones para fortalecer la cultura de la Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la población, así como para la Mitigación, auxilio, restablecimiento, rehabilitación y reconstrucción en caso de Emergencia o Desastre.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.