Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_3214/66
- Ley
- LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 66
Artículo 66 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo solo dice que se deroga, lo que significa que se elimina o se deja sin efecto. No hay nada más que explicar porque el artículo ya no tiene validez legal.
Texto oficial
Artículo 66. Se deroga.
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