- Ley
- LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 69
Artículo 69 de la LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las oficinas del gobierno (la Secretaría y las Alcaldías) están obligadas a darte ayuda técnica sin costo si tienes que entregar un Programa Interno, que es un plan de protección civil para negocios o edificios. No te van a cobrar por esa asesoría. La forma exacta en que te ayudarán depende de lo que diga el Reglamento correspondiente.
Texto oficial
Artículo 69. La Secretaría y las Alcaldías deberán proporcionar asesoría técnica gratuita a las personas obligadas a presentar Programas Internos, en los términos que establezca el Reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.